Compostela goza de un singular privilegio concedido por vez primera hacia 1122 por el Papa Calixto II. De él se tiene conocimiento gracias a otra bula de 1179, ésta sí conservada: la Regis aeterni del Papa Alejandro III, que confirma el privilegio otorgado a la Catedral por el Papa Calixto II (1118-1124). Dos hermanos suyos, Raimundo y Enrique de Borgoña, habían tomado por esposas a las hijas del rey Alfonso VI, Urraca y Teresa, herederas de los territorios de Galicia y Portugal; y habían así fortalecido los ya sólidos vínculos entre la sede compostelana y el Papado, que se manifiestan claramente en el impulso que imprimieron Calixto II y el rey Alfonso VI a las peregrinaciones jacobeas.
El privilegio consiste en que cada año en que el 25 de julio, fiesta del Apóstol Santiago, coincide en domingo, se podrán ganar en la Iglesia de Compostela las gracias del Jubileo.
Debido a esta condición, los Años Santos se producen con aparente irregularidad, separados por intervalos de seis, cinco, seis y once años. Este 2021 será el Año Santo número 120 en la historia, contando a partir de 1182. Los siguientes serán en 2027 y 2032.
La Iglesia, con el Año Jubilar, instituye un tiempo especial de gracia, durante el cual es posible obtener una indulgencia plenaria para el perdón de la pena que merecen los pecados cometidos. La condiciones para ganar el Jubileo son:
1) Visitar la Catedral de Santiago donde se guarda la Tumba de Santiago el Mayor.
2) Rezar alguna oración (al menos, el Credo, el Padrenuestro y pedir por las intenciones del Papa) Se recomienda asistir a la Santa Misa.
3) Recibir los sacramentos de la penitencia (puede ser 15 días antes o después) y de la Comunión.